para leer la primera hoja hacer un clich en la imagen es para demostrar el sello y que el pedido es legal leer mas abajo todo el petitorio completo
Señores Diputados de la nación
señor diputado: eduardo fellner
Me dirijo a ustedes con el propósito de que se le den más opciones de vida o sobre vivencia al ciudadano de la argentina ya que hoy en día hay cuestiones críticas en diversas formas al momento de sobrevivir pongamos un ejemplo: creemos un personaje ficticio pongámosle Juan Pérez tiene unos locales y una casa el pone a una inmobiliaria para que se las alquile bien pasa 1año y no se alquila pasan 2 años y nada ¿Qué es lo que hace Juan Pérez? decide alquilar por dueño directo pide todas las garantías bien alquila los locales pasa un tiempo y el inquilino tiene que renovar contrato el inquilino no tiene los fondos para el alquiler y Juan Pérez le pide que desocupe el local se arma un conflicto en donde el inquilino no se quiere ir y Juan Pérez va a la justicia como corresponde paga abogados y pasan 2 años en donde la justicia determina que Juan Pérez tiene razón y cuando el inquilino sabe que lo van a desalojar se retira antes que la justicia actué ¿Qué pasa ahora con los dos años que perdió Juan Pérez? Bueno diríamos que realice un juicio en contra del inquilino pero como Juan Pérez perdió 2 años y mucho dinero el esta descreído de la justicia y se conforma con tener su localcito desocupado pero con un gran dolor en el alma por las cosas que le paso con el inquilino y por decirlo así con la justicia.
(01) primer punto: que se pueda crear una ley en donde esta este formada como un impuesto para los dueños directos de locales, casas, terrenos, galpones etc. En el momento de cerrado el contrato entre dueño directo he inquilinos.
(02) Segundo punto: para esta nueva forma de alquileres el primer pasó para el contrato entre dueño directo y el inquilino sea como algo muy necesario que se tenga que certificar las firmas mediante escribano público para su legalidad y autenticidad de estas cuestiones de negocio.
(03) Tercer punto: el inquilino en el momento de tener el contrato de alquiler listo, certificado por escribano publico tenga un lapso de 15 días hábiles para timbrar el contrato de alquiler en el banco provincia, que este acto sea obligatorio, y tenga una multa mínima por no tener el boleto timbrado en el banco provincia pasado los 15 días hábiles.
(04) Cuarto punto: En el momento de que el contrato allá caducado y el inquilino no pueda renovarlo tendrá 1 semana para el desalojo, también si el inquilino no puede seguir con el alquiler deberá leer el contrato para ver si tendrá que pagar algo al dueño y de no seguir tendrá la misma semana para el desalojo voluntario previo arreglo con el dueño.
(05) Quinto punto: Si por cuestiones varias el inquilino no puede seguir pagando el alquiler y se negara al desalojo voluntario que el dueño de la propiedad este protegido por esta ley en el momento de este conflicto, el propietario se dirija a la comisaría mas cercana a radicar la denuncia y en ese mismo momento el comisario o el que este a cargo tenga la obligación de ir con varios móviles al desalojo forzoso.
(06) Sexto punto: Si hubiera un desalojo forzoso mediante previa denuncia, en el momento del desalojo la fuerza policial le elabore una multa al inquilino y sea considerado usurpador, y que esta multa sea para la fuerza policial, de no tener dinero dicho inquilino la fuerza policial podrá cobrarse con algún objeto del mismo valor o 5 días de prisión.
(07) Séptimo punto: que esta ley pueda tener el mismo efecto benéfico para las inmobiliarias ya que con esta ley seria una opción para los dueños de poder mantener un negocio como el de los alquileres.
(08) Octavo punto: que este impuesto dentro de la ley sea cobrable siempre y cuando este alquilada la propiedad, cuando el dueño tenga las propiedades sin alquilar tendrá que anunciarlo a la comisaría mas cercana, en ese momento el oficial a cargo deberá elaborar un formulario y verificar lo argumentado por el dueño para poder darle dicho formulario para que el impuesto se deje de cobrar hasta tanto se reinicie los alquileres de las propiedades en cuestión que este tramite tenga un costo mínimo de 20$ por tramites administrativos.
(09) Noveno Punto: Cuando las propiedades estén en ofertas de alquiler y hubieran sido usurpadas que esta ley ampare al dueño y que la fuerzas policiales estén obligadas por esta ley a desalojar en el día a dichos usurpadores y que estas personas estén multadas por entrar a propiedades privadas que estas multas sean a favor de las fuerzas policiales.
(10) Décimo punto: que este impuesto sea cobrado en la comisaría más cercana y sea utilizado para mantener la comisaría, mantener las armas para los que menos tienen, compra de uniformes he objetos dentro de las mismas. Que este impuesto tenga un costo mensual de 80$ por cada local alquilado, recibiendo recibo de pago el dueño de la propiedad, que esta adhesión sea opcional para cada ciudadano si el ciudadano quisiera tener estos derechos tendrá que adherirse a dicha ley previamente, si hubiera algún ciudadano sin adhesión a la ley y no pagara este impuesto y pide estos beneficios no podrá obtenerlos y tendrá que dirigirse a la justicia ordinaria como siempre lo han hecho.
Bueno terminado con estos puntos paso a explicar el porque tendrían que dirigirse el pago a las comisarías, es por el hecho de que esto tiene que ver mucho con ellos ya que están para mantener el orden en las calles y en varios lugares ¿Por qué no al municipio? Porque seria mucho protocolo de que el municipio mande a la policía y hasta que llegue la ayuda pasa varias semanas de esta forma seria algo más directo.
Aprovecho la oportunidad para brindarles un cordial saludo
atte:
Gabriel Lorenzo Cejas e-mail: lorenzocejas@yahoo.com.ar
Ciudad: Gregorio de Laferrere.
Prov: buenos aires
Argentina
apoyen este pedido para poder cambiar las cosas en la argentina de una manera pacifica sin molestar al ciudadano en las calles mandar carta a la camara de diputados nacionales haciendo referencia al pedido de gabriel loreno cejas y argumentando dicho apoyo y dirijida al señor diputado eduardo fellner si es posible con fotocoia de este pedido o si usted apoya varios petitorios le ruego que mande fotocopia de cada pedido yo lo hago a pulmon y con boluntad se puede todo recuerde poner sus datos personales en el pedido asi es formal dicho apoyo gracias por su atencion
Tel. (54) (11) 6310-7100
Congreso de la Nación Argentina
Av. Rivadavia 1864 - C. P. C1033AAU
H. Cámara de Diputados
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
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